Préstamos para financiar inversiones productivas y redes en el
exterior.
La línea del ICO para INTERNACIONALIZACION DE LA EMPRESA facilita
finanaciación en condiciones preferente para el desarrollo de proyectos
de inversión y el establecimiento de redes comerciales en el extranjero.
I. «Quién puede acceder?
Cualquier persona física o juridica que realice la inversión
a financiar en cualquier área o país extranjero.
Si se trata de una empresa debería reunir, preferiblemente,
los siguientes requisitos:
- menos de 500 trabajadores
- activo neto inferior 11.500 millones de pesetas
- no estar participadas por grandes empresas en un porcentaje
superior al 33% del capital.
II. «Qué inversiones son financiables?
Inversión nueva en activos productivos con los siguientes límites:
- hasta el 80% de la inversión a financiar puede ser en inmuebles
- hasta el 20% de la inversión a financiar puede ser en
inmuebles (software, I+D, marcas, ingeniería, ...).
En todo caso no se financian:
- reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones
- circulante.
III. «Cuál es el préstamo máximo?
Se puede financiar hasta el 70% de la inversión con un máximo
por beneficiario de 1.000 millones de pesetas en inversión y 500
millones de pesetas en redes.
IV. «Qué tipo de interés?
El empresario puede optar entre:
- Tipo de interés fijo: durante toda la vida del
préstamo o
- Tipo de interés variable: referenciado al MIBOR a 1 año,
que anualmente se irá modificando de acuerdo con las variaciones
del MIBOR a 1 año.
El tipo de interés que se aplicará será el de referencia del ICO más 0,5 puntos.
El ICO comunica estos tipos quincenalmente a Entidades Financiera
y son los que deben aplicarse a los préstamos que se formalicen
durante esa quincena.
VI. «Qué gastos tienen?
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las entidades
financieras no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de:
- comisión de apertura.
- gastos de estudio.
- comisión de disponibilidad.
VII. «Se pueden reembolsar los préstamos anticipadamente?
Sí, aunque en ese caso hay que compensar los gastos en los que
hayan incurrido las entidades financieras y el ICO al asumir el riesgo
de plazo, excepto en los préstamos con tipo variable si la cancelación
coincide con la fecha de revisión del tipo de interés.
VIII. «Qué garantías hay que aportar?
Cada Entidad Financiera analiza la solicitud de préstamo y en función de la solvencia del solicitante y de la visabilidad del Proyecto de inversión establece las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
- hipotecarias
- personales
- avales mancomunados o solidarios
- aval de Sociedad de Garantía Recíproca
IX. «Dondé se tramitan estos préstamos?
Directamente en las oficinas de los principales Bancos y Cajas de Ahorros establecidas en España.
Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas en las condiciones indicadas.
Para obtener la relación actualizada de las Entidades Colaboradoras
deberán ponerse en contacto con el ICO.
X. «Qué documentación hay que aportar?
La que cada Entidad considere necesaria para estudiar la operación.
El empresario debe poder justificar la realización de la
inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas,
cartas de pago, proyectos o cualquier otra documentación que permita
comprobar la efectiva realización de la inversión.
XI. «Qué recursos hay disponibles?
El objetivo de producción de esta línea es de 20.000 millones
de pesetas.
XII. «Qué aportan el ICO y el ICEX en estos préstamos?
- El ICO facilita los fondos que permiten formalizar los préstamos asumiendo parte del coste de transformación.
- El ICO y el ICEX asumen, conjuntamente, el 75% del riesgo de
cada operación con un límite global del 5,75% de la línea.