DESCRIPCION DE LOS FORMULARIOS:
| 01 | Formulario para pedir certificado de estar al corriente con hacienda |
| 04 | Legalización de libros para los que no tengan que hacerlo en el registro mercantil y estén obligados a hacerlo en hacienda. |
| 036 | Alta en el censo para agrupaciones sin personalidad jurídica |
| 037 | Alta en el censo para personas físicas y jurídicas. |
| 104
105 |
Este formulario es para la devolución del IRPF que se puede pedir en marzo-abril. Como en febrero, las asesorías hemos grabado en el ordenador de hacienda los datos de los trabajadores, el Gobierno se aprovecha y las pequeñas devoluciones las hace antes. Así por poco dinero, gana muchos votos. |
| 110 | En este formulario se ponen las retenciones del trabajo, ya sean en dinero o en especie, las retenciones que hacemos a los profesionales en sus facturas (graduados sociales, abogados, notarios, procuradores, economistas, etc.), y las de los premios. Es un modelo de fácil cumplimentación, se pone el número de personas a los que hemos retenido, lo que les hemos pagado, y la retención. |
| 184 | Declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas, como comunidades de bienes, comunidades de propietarios, sociedades civiles, etc. |
| 190 | Este formulario es una recopilación de los 110. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 110. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 193 | Este formulario es una recopilación de los 123. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 123. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 194 | Este formulario es una recopilación de los 124. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 124. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 196 | Este formulario es una recopilación de los 126. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 126. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 115 | En este formulario solo se ponen las retenciones de alquileres. Es muy fácil, se pone el número de propietarios a los que retenemos, la cantidad pagada y la retenida. |
| 180 | Este formulario es una recopilación de los 115. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 115. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 188 | Este formulario es una recopilación de los 128. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 128. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 117 | Este formulario se utiliza para declarar las retenciones sobre ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva. |
| 187 | Este formulario es una recopilación de los 117. Si se hace en papel se presenta en enero, junto al último pago del 117. Si se presenta en disquette, se presenta febrero, en la delegación correspondiente, o por internet puede hacerse también hasta febrero. Hay que poner, uno por uno, los datos de las personas a las que hemos retenido. |
| 123 | Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario, que no provengan de pagos por entidades financieras., o de activos financieros, o seguros de vida, o de alquileres, etc. Vamos, que este modelo se utiliza, por ejemplo, para declarar las retenciones que las sociedades realizan por pagos de dividendos a sus socios, entre otras cosas. |
| 124 | Retenciones sobre rendimientos implícitos del capital mobiliario |
| 126 | Retenciones que realizan las entidades financieras por el pago de rendimientos de capital mobiliario. Vamos, las retenciones que los bancos nos hacen al pagarnos los intereses. |
| 128 | Retenciones sobre operaciones procedentes de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. |
| 130 | Pago a cuenta IRPF estimación directa. Se pone ingresos menos gastos, acumulado desde el 1 de enero hasta el cierre del trimestre correspondiente, y se paga el 20% del resultado, menos los pagos hechos durante el año y las retenciones que nos han practicado. |
| 131 | Pago a cuenta IRPF módulos. Solo para los que están en módulos. |
| 100 101 |
Declaración anual de renta, la que pagamos todos en mayo-junio. Puede ser a pagar, negativa (resultado 0), o a devolver. En ella hay que incluir los 130 y 131. |
| 102 | Segundo plazo (si lo hay) de la declaración de renta. Suele pagarse en noviembre, y normalmente se domicilia en el banco, en junio, cuando se paga el primer plazo. |
| 714 | Declaración anual de patrimonio, que tiene el mismo plazo de pago o devolución que la renta. No todos hacen está declaración. |
| 202 222 |
Es el pago a cuenta del impuesto de sociedades, cuyos plazos son diferentes a todos los demás formularios. Se rellena, o bien según los beneficios del último ejercicio cerrado, o según el actual. Si no sale a pagar no hace falta presentarlo. |
| 201
200 |
Declaración anual del impuesto de sociedades, hay dos tipos de formularios, declaración anual o simplificada, según su sociedad. |
| 300 | Formulario de pago de IVA régimen general |
| 308 | IVA, solicitud de devolución de los que estén en recargo de equivalencia, y de aquellos que sean sujetos pasivos ocasionales del impuesto. |
| 309 | IVA, declaración de ingresos no periódicos. |
| 310 | Pago de IVA solo para los que están en módulos o régimen simplificado, pero solo para los tres primeros trimestres. |
| 311 | Pago de IVA solo del 4Trimestre, solo para los que están en módulos o régimen simplificado. |
| 330 | IVA, relación anual de inscritos en el registro de exportadores y otros operadores económicos que no sean grandes empresas. |
| 370 | Pago de IVA para los que tienen a la vez, régimen general y simplificado (módulos) pero solo para los tres primeros trimestres.. |
| 371 | Pago de IVA 4T, para los que tienen a la vez, régimen general y simplificado (módulos). |
| 390 | Declaración anual de IVA, es una recopilación de todos los formularios anuales de IVA, menos del 349. |
| 349 | Formulario de IVA Intracomunitario, puede presentarse según los casos, uno al año en enero, o trimestralmente. |
| 347 | Declaración de operaciones con terceros superiores a 500.000 ptas. (3.005,06 euros). Esta declaración se la inventó hacienda para atrapar chorizos. Lo más importante, es que comprador y vendedor declaren a hacienda lo mismo. En caso de divergencia, hay que declarar los datos del que hace las ventas. |
| 845 | Modelo municipal de alta-baja, o variación de datos, del impuesto de actividades económicas, aunque ojo, que algunos ayuntamientos tienen sus propios formularios, con lo que si, por ejemplo, desde Valencia queremos dar de alta un centro de trabajo en Tarragona, este formulario no sirve, porque el Ayuntamiento de Tarragona ha puesto el suyo propio |
| 846 848 |
Modelos provincial y nacional de alta-baja, o variación de datos, del impuesto de actividades económicas. El 846 es para presentar, el resto para pagar. |
| TC1 | Formulario de pago del régimen general, se paga según hemos pagado a los trabajadores; se paga al mes siguiente, por ejemplo, la declaración de diciembre se paga dentro del mes de enero. |
| TC2 | Resumen de cotizaciones pagadas a los trabajadores, puede presentarse en papel, o si está asociado al sistema RED, lo envía por correo electrónico. No es un formulario de pago. Si se hace en papel, se debe entregar junto con el TC1 al banco, que nos sellará los dos. Si se hace por el RED, en el TC1 aparecerá una casilla con el número de autorización, fecha de concesión, y se indicará que no se adjunta TC2. |
| TC1/3 | Formulario de pago de representantes de comercio, se paga al mes siguiente, por ejemplo, la declaración de diciembre se paga dentro del mes de enero. El obligado al pago es el representante de comercio y no la empresa. Si es Vd. representante, sepa que si no se paga le embargarán a Vd., si es Vd. empresario, sepa que si lo paga Vd., no debe hacerlo por las cuentas bancarias de la empresa. |
| tc1/30 | Formulario de pago de autónomos. Los autónomos se pagan dentro del mes, por ejemplo, enero se paga en enero, y esto aunque la seguridad social no nos haya enviado los boletines. |
| FLC | Formulario para pagar a la fundación laboral de la construcción, deben pagarlo las empresas de la construcción. Se puede pagar mensual, o si la empresa tiene menos de 20 trabajadores, puede ser anual, en enero de cada año. |
| TC1/2 | Formulario de pago del régimen especial de empleados de hogar. Es muy parecido al boletín de autónomos. |
| tc1/9 | Formulario de pago del régimen especial agrario, respecto de los trabajadores por cuenta ajena. |
| tc1/10 | Formulario de pago del régimen especial agrario, respecto de los trabajadores por cuenta propia. Recordar la incompatibilidad de éste régimen y autónomos. |
| TA6-7 | Formulario para dar de alta un número patronal (ahora lo llaman código de cuenta de cotización). El TA6 es para el primer número, el TA7 es para los siguientes y para las bajas. |
| TA2 | Formulario para hacer altas y bajas de trabajadores por cuenta ajena. Las altas pueden hacerse enviándolo por fax si la oficina está cerrada, o burofax si el fax de Tesorería no descuelga (que es lo habitual). Pueden hacerse por el sistema Red y por internet. |
Aquí los formularios no tienen nombre, así que vamos a indicar como se hacen las tramitaciones y los plazos:
| LEGALIZACION LIBROS EN BLANCO | Antes de empezar a usarlos. Se legalizan inmediatamente después de inscribir la empresa en el Registro. Por ejemplo, si constituimos una empresa en enero, y en marzo la inscribe el registro, en marzo los legalizamos. Normalmente se legalizan en blanco, el de actas, el se socios (SL), el de acciones nominativas (SA). |
| LEGALIZACION LIBROS LLEVADOS POR ORDENADOR | Dentro de los cuatro meses siguientes al cierre de ejercicio. Por ejemplo, si el ejercicio de nuestra empresa finaliza el 31 de diciembre, como máximo el 30 de abril, y si el 30 de abril cae domingo, el 29 de abril. Si nuestra empresa es especial y finalizaos el ejercicio, por ejemplo, el 30 de septiembre, podremos legalizar hasta el 31 de enero. Mas sobre esto pulsar aquí. |
| CUENTAS ANUALES | 30 días después de la celebración de la junta general. Hay que celebrar la junta de aprobación de cuentas, como máximo 6 meses después del cierre de ejercicio. Por ejemplo, si el cierre es el 31 de diciembre, tenemos hasta el 30 de junio para hacer la junta y si la hacemos ese día, tenemos hasta el 30 de julio (ojo no hasta el 31), para presentar las cuentas al registro. Hay que comprar en el registro una carpeta, y podemos presetarlas en papel, o en disquette. Para bajarnos el programa pinchar aqui. Para mas información, pulsar aquí. No presentar las cuentas puede suponer la cancelación registral, y no podremos inscribir escrituras. |
| REGISTRO DE ESCRITURAS | Generalmente hay dos meses para registrar una escritura, aunque algunas no tienen plazo, y si se pasa el plazo nos la registrarán siempre. Antes de llevar una escritura al registro, se paguen impuestos o no por ella, hay que pasarla por el servicio de transmisiones patrimoniales, y o bien pagar los impuestos, o solicitar la exención de los mismos. Si registramos una escritura de constitución, tendremos que aportar el CIF. |
| OTRAS COSAS QUE SE HACEN EN LOS REGISTROS | En los registros mercantiles, podemos pedir certificaciones de las sociedades, la certificación de una sociedad es un informe con gran parte del contenido de todas las escrituras que una sociedad ha registrado. También podemos pedir las cuentas anuales, con lo que nos enteraremos de como está la sociedad. Podemos informarnos también de quien es el apoderado o administrador de una sociedad. |
| 600 | Pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. Este formulario se presenta junto copia de la escritura y original, para pagar los impuestos o solicitar la exención. |
| 670 | Pago del impuesto de transmisiones de vehículos: se paga al transmitir un vehículo y antes de ir a tráfico a hacer el cambio de nombre. Es una cantidad que fija hacienda según el tipo de vehículo y la antigüedad del mismo. Para vehículos industriales, el 4% del precio de venta. |
| 190 | Formulario para justificar que estamos al corriente con la hacienda autonómica |
| ALTA DE CENTRO DE TRABAJO: formulario con características del centro que hemos aperturado. | 1 mes desde la fecha del alta. |
DIRECCION PROVINCIAL DE TRABAJO:
| Libro de visitas de la inspección de trabajo, que tenemos que tener aunque no tengamos trabajadores. | Al abrir el centro de trabajo. |
| Libro de matrícula de los trabajadores. | Al inscribir la empresa en Tesorería. |
| Libro de sanciones. | En algunas comunidades autónomas. |