LAS SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA
Las sociedades de garantía recíproca, son sociedades que nos facilitan avales o préstamos, normalmente a condición de participar en el capital de la sociedad.
El funcionamiento suele ser el siguiente: necesitamos un crédito, pero nadie nos lo da. Entonces, una SGR nos facilita el crédito, y a cambio nos pide un porcentaje de participación de capital. Se suele firmar todo simultáneamente.
En cuanto tenemos el dinero, hacemos la inversión. Como la SGR tiene participación en capital, puede verificar las cuentas y ver que realmente el dinero que hemos obtenido se destina a la inversión convenida, y además, la SGR puede verificar que se está pagando el crédito.
Cuando el crédito ha sido pagado o el aval ha vencido, la SGR nos devuelve la participación de capital.
Hay SGR autonómicas, fundadas normalmente por organismos autonómicos, con la finalidad de potenciar la economía de la autonomía en cuestión. Estas SGR no suelen tomar parte del capital y dan mas facilidades.
Lo negativo de las SGR, es que como no cumplamos las condiciones del préstamo o del aval, ejecutan de inmediato, con lo que no se sabe si es mejor el remedio o la enfermedad.
A las SGR podemos dirigirnos para todo, por ejemplo, para refinanciar pasivo, invertir en activo, o cualquier otra cosa que se nos ocurra. Ellas no están obligadas en absoluto a entrar en las operaciones.