IMPUESTOS MUNICIPALES

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Los Ayuntamientos tienen derecho a recaudar impuestos.  Son muchos, así que aquí vamos a centrarnos en los mas importantes, pero antes haremos una breve introducción.

Los impuestos que cobran los Ayuntamientos, los autoriza por Ley el Estado.  Los Ayuntamientos no pueden crear impuestos.

Los Ayuntamientos nos notifican las fechas de pago de los impuestos, publicando en el Boletín Oficial de la Provincia estas fechas.  Es curioso, pero es así. Así que si por ejemplo, tenemos que pagar el impuesto de circulación de vehículos, y no nos ha llegado el recibo, y no pagamos, el Ayuntamiento nos impondrá el recargo del 20% a la hora de pagar.  Entonces nos preguntaremos ¿Por qué tenemos que pagar recargo si es el Ayuntamiento el que no nos ha enviado el recibo? Pues por eso, porque si nos hubiéramos leído el boletín oficial de la provincia, nos habríamos enterado.  Esto es lo que se llama notificación colectiva.

Estos son algunos de los impuestos municipales:

Impuesto de actividades económicas: por ser un impuesto que afecta a las empresas, está mas desarrollado en otra página. Pulse aquí.

Impuesto sobre bienes inmuebles (contribución): Este es un impuesto que pagan los propietarios de pisos en un municipio.  Si los tienen arrendados, suelen tener derecho a repercutirles la cantidad a los inquilinos. Este impuesto se rige por el valor catastral, que es el valor que el servicio de cooperación catastral da a nuestro inmueble. Es un impuesto anual en función del valor del piso. Cuando vendemos el piso, tenemos que estar al día en el pago de este impuesto.

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: este es el impuesto que pagamos por tener un vehículo, y se paga mas en función de la potencia y modelo del vehículo que tengamos.

Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (plusvalía): Este impuesto se paga al vender un piso o un terreno.  Lo paga el vendedor del piso o terreno de normal, aunque en escritura puede pactarse otra cosa. Como se paga en función del mayor valor del terreno, cuantos mas años hayan pasado desde que compramos, mas pagaremos.  No es muy inteligente aceptar en escritura que nos hagan pagar este impuesto si no nos toca.