DEDUCCIONES EN EL IRPF

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Deducción por vivienda:  Por la compra de una vivienda, deducimos, a parte de la deducción autónomica en Valencia, lo siguiente:

Como máximo,  las 1.500.000 ptas., gastadas.  Si pagamos de golpe, para comprar nuestra vivienda, dos millones, la base máxima serán las 1.500.000.

De esas 1.500.000 ptas., hacemos lo siguiente:

Durante los dos primeros años desde que hemos comprado la vivienda: el 25% de las primeras 750.000 ptas., y del resto hasta las 1.500.000 ptas., el 15%.
Después, el 20% y 15%, respectivamente.

Deducciones por donativos: el 10% de las cantidades donadas a fundaciones reconocidas.

Deducción por inversiones en bienes de interés cultural:el 15% de las inversiones realizadas en bienes inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y el 15% de los gastos de conservación, restauranción, etc., de dichos bienes.

Deducción por rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla: el 50% de la parte de la cuota de las rentas allí obtenidas.

Doble imposición de dividendos: se aplica el 40% con caracter general, o el 25% según los casos.



Bien, a la cuota del impuesto, le restamos estas deducciones, y tendremos el total a pagar.  Ahora le restamos las retenciones que nos han hecho en la nómina, en el banco, etc., y nos sale si nos devuelven o tenemos que pagar.