Para deducciones autonómicas en Valencia, pinche aquí.
Deducción por vivienda: Por la compra de una vivienda, deducimos, a parte de la deducción autónomica en Valencia, lo siguiente:
Como máximo, las 1.500.000 ptas., gastadas. Si pagamos de golpe, para comprar nuestra vivienda, dos millones, la base máxima serán las 1.500.000.
De esas 1.500.000 ptas., hacemos lo siguiente:
Durante los dos primeros años desde que hemos comprado la vivienda:
el 25% de las primeras 750.000 ptas., y del resto hasta las 1.500.000 ptas.,
el 15%.
Después, el 20% y 15%, respectivamente.
Deducciones por donativos: el 10% de las cantidades donadas a fundaciones reconocidas.
Deducción por inversiones en bienes de interés cultural:el 15% de las inversiones realizadas en bienes inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y el 15% de los gastos de conservación, restauranción, etc., de dichos bienes.
Deducción por rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla: el 50% de la parte de la cuota de las rentas allí obtenidas.
Doble imposición de dividendos: se aplica el 40% con caracter general, o el 25% según los casos.