IRPF: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

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¿QUIEN PRESENTA DECLARACION?

Las personas:

a) Que perciban rentas del trabajo, superiores a 3.500.000 ptas, si cobran de una sola empresa, o superiores a 1.300.000 ptas/año si son de dos o mas.

b)Cuado se perciban pensiones compensatorias del cónyuge, que no estén exentas.

c) Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

d) Cuando se obtengan rentas del capital mobiliario y ganancias patrimoniales de fondos de inversión, premios, etc., que superen 250.000 ptas./año.

e) Cuando se obtengan rentas inmobiliarias imputadas que superen 50.000 ptas./año. Esto está en función del valor catastral.

f) Cuando se obtengan rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención (letras del Tesoro) o subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial y precio tasado, superiores a 100.000 pts/año.