IRPF PARA TRABAJADORES

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Si es Vd. trabajador, lo que le interesa saber sobre el IRPF, es lo siguiente:

1.- Lo que Vd. gana de sueldo (o pensión si es pensionista), se llama "Rendimiento del trabajo", y es el resultado de restar, al sueldo bruto, lo que le descuentan por seguridad social, el sindicato, y si ha demandado a la empresa, los gastos del abogado con el máximo de 50.000 ptas/año.

2.- Lo que el banco le paga por intereses, se llama "Rendimientos de capital mobiliario".

3.- Si vende un piso, tiene que consultar el apartado "Ganancias y Pérdidas patrimoniales", pues pagará a hacienda por la diferencia entre el precio de venta y precio de compra. Las compras de pisos no se declaran en el IRPF, solo las ventas. Las herencias también son ganancias patrimoniales, y también las subvenciones que recibimos por vivienda.

4.- Si el piso lo compra con un préstamo, sea hipotecario o no, tiene derecho a deducirse capital e intereses, mirar deducciones.  No se paga nada por tener un solo piso (vamos, antes se pagaba el 2% del valor catastral, por rendimiento del capital inmobiliario, ahora ya no).

5.- El pago del impuesto se realiza entre el 2 de mayo y el 20 de junio si es a pagar, y hasta el 30 si es a devolver.  Si le sale a pagar, puede partir el pago el dos, un primer pago del 60% de lo que le salga, y el 40% restante hasta el 5 de noviembre, así que cuidado, si parte el pago, en noviembre recuerde que tiene que pagar.

6.- La declaración que Vd. hace, se llama "Simplificada".  Vd. solo tiene que hacer la declaración ordinaria, si vende un piso, si tiene un alquiler, si vende fondos de inversión o acciones, en estos casos que se la haga un asesor fiscal.

7.- La declaración de hacienda puede presentarse a través de internet, pero no lo recomendamos.  Primero, porque si va a pedir un préstamo y el banco le pide la declaración, no se fiará mucho del certificado que hacienda envía por internet.  Segundo, para poder presentar la declaración por internet, hay que tener un certificado, y para sacarlo, entre otras cosas, hay que ir personalmente a la agencia tributaria, así que se pierde mas tiempo que otra cosa. Es mentira que hacienda pague primero las declaraciones presentadas por internet, pues la experiencia nos ha demostrado que se pagan primero las que sale menos dinero a devolver.