PERIODO IMPOSITIVO y PAGO DEL IMPUESTO

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En el impuesto de sociedades, el periodo impositivo está en función del inicio y cierre fiscales, que depende de lo que ponga en los estatutos sociales.

Normalmente, coincide con el año natural, es decir, el período va del 1 de enero a 31 de diciembre, salvo el primer año de vida social, que va de la constitución de la sociedad al 31 de diciembre.

Pero puede ser que el ejercicio vaya, por ejemplo, del 1 de septiembre a 31 de agosto, si en la escritura de la sociedad lo pone.  O incluso modificarlo una vez empezada la vida social.

Por ejemplo, el 3 de marzo de 1998, constituimos una sociedad, y en los estatutos decimos que el ejercicio económico va de 1 de enero a 31 de diciembre.  Ese año 1998, en realidad, irá del 3 de marzo a 31 de diciembre.

En 1999, el periodo impositivo irá de 1 de enero a 31 de diciembre.

Pero ahora va, y en el 2000, decidimos que el período impositivo vaya de 1 de septiembre a 31 de agosto.  Entonces, en 2000, tendremos dos períodos impositivos, y en consecuencia, dos impuestos de sociedades.  Uno que va del 1 de enero a 31 de agosto, con sus cálculos correspondientes.  Y otro que va, de 1 de septiembre de 2000 al 31 de agosto de 2001.

Y cuando pagamos el impuesto entonces?

El impuesto de sociedades se paga en los 25 días siguientes a los 6 meses después del cierre del período impositivo.  No puede pagarse antes (estaría fuera de plazo).  En el ejemplo anterior, el impuesto de sociedades del 98 lo pagamos del 1 al 25 de julio de 1999.  El impuesto de 1999 lo pagamos también del 1 al 25 de julio de 2000.  Y el del 2000, pagaremos un impuesto del 1 al 25 de marzo de 2001, y despúes del 1 al 25 de marzo de 2002.