El que tiene que realizar el pago del impuesto, es que recibe el patrimonio objeto de imposición. Aunque en algunos supuestos, como las transmisiones mortis causa, de depósitos, garantías, valores, etc, son responsables subsidiarios los intermediarios financieros.
La forma de pagar el impuesto es la siguiente: se valora el patrimonio, y a ese valor se le aplica una tabla de tipos de gravamen, y según el grupo de parentesco se aplica una deducción.