DEVOLUCIONES EN EL IV

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Se puede pedir de hacienda, la devolución de IVA, cuando a lo largo del año hayamos pagado mas IVA del que hemos recibido, o si tenemos una empresa exportadora, que factura sin IVA, o en algunos otros supuestos.

La devolución, por el sistema normal, se pide en la última declaración, la de enero, normalmente no podemos pedirla al cerrar un trimestre.

Lo normal, es pedir la devolución con la última declaración, y hacienda tiene 6 meses para practicar una liquidación provisional.  Una vez realizada, si es conforme, hacienda tiene 30 dias para realizar la devolución.  Si en 6 meses no se realiza la liquidación provisional, hacienda tiene 30 días para realizar la devolución.

Los exportadores tienen la posibilidad de solicitar la devolución del IVA al final de cada trimestre.

Existen empresas que siempre les sale el IVA a devolver aunque tengan beneficios.  Esto pasa por ejemplo, con los bares, que compran alcohol con el IVA al 16% y lo venden al 7%, pues al comprarlo se compra como un bien, pero se vende como anejo a la comida.