TIPOS DE IVA
| AL 16% | AL 7% | AL 4% |
EN ESPAÑA, EL TIPO GENERAL ES DEL: 16 %
ESTE TIPO SE APLICA CUANDO LA LEY NO DECIDA OTRA COSA.
LOS TIPOS DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN OTRO TIPO DE IVA SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN:
A) Sustancias o productos habitual o idóneamente utilizados para la alimentación humana o animal.
- Se excluye:
Tabaco.
Bebidas alcohólicas.
B) Animales, vegetales y productos derivados destinados a la obtención de productos para la alimentación humana o animal.
C) Bienes que por sus características objetivas, envasado, presentación y estado de conservación sean susceptibles de utlización agrícola, forestas o ganadera.
- Se incluye:
Semillas.
Materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproducción de animales o vegetales.
Fertilizantes.
Residuos orgánicos.
Correctores y enmiendas.
Herbicidas.
Plaguicidas.
Plásticos para cultivos.
-Se excluye:
Maquinaria.
Herramientas.
Utensilios.
D) Aguas aptas para la alimentación humana o animal o riego, incluso en estado sólido.
E) Medicamentos para uso animal y sustancias medicinales utilizadas en su obtención.
F) Aparatos y complementos para suplir las deficiencias del hombre y animales.
- Se incluyen:
Gafas graduadas.
Lentillas.
G) Productos sanitarios, material, equipos e intrumental dedicados a utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades del hombre o de animales.
- Se excluye:
Cosméticos.
Productos de higiene personal.
H) Viviendas, garajes, y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda.
- Se excluye:
Locales de negocio.
Viviendas de protección oficial de:
a - Régimen especial.
b - Promoción pública.
Edificios que sean objeto de demolición para una nueva promoción.
I) Entregas de bienes muebles relacionados con su actividad por empresas funerarias.
J) Vehículos 2 ó 3 ruedas con cilindrada inferior a 50 cm3. y cumplan la definición jurídica del ciclomotor.
K) Flores, plantas vivas de carácter ornamental, semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal utilizados para su obtención.
A) Transporte terrestre de viajeros y equipajes.
B) Transporte aéreo y marítimo con origen o destino a Baleares.
C) Servicios de hostelería, acampamento y balneario, resturante y suministro de comidas o bebidas para consumir en el acto.
D) Las efectuadas en favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas necesarias para su desarrollo.
- Se incluye:
Plantación, siembra, injertado, abonado, cultivo y recolección.
Embalaje y acondicionamiento de productos.
Cría, guarda y engorde de animales.
Nivelación, explotación o abancalamiento de tierras de cultivo.
Asistencia técnica.
Eliminación de plantas y animales dañinos.
Fumigación de plantaciones y terrenos.
Drenajes.
Tala, entresaca, astillado y descortezado de árboles y limpieza de bosques.
Servicios veterinarios.
- Se excluye:
Arrendamientos de bienes.
E) Servicios de artistas, directores y técnicos, personas físicas, prestados para cine y teatro.
F) Servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
G) Servicios de recogida de basuras, tratamiento de residuos, limpieza de alcantarillado público, desratización y tratamiento dea guas residuales.
- Se incluye:
Servicios recogida y tratamiento de vertidos en aguas interiores o marítimas.
H) Entrada a teatros, circos, parque de atracciones, conciertos, bibliotecas, museos, zoológicos, cines, explosiciones, etc., y servicos correspondiente a ellos.
I) Suministro de servicios de radiodifusión y televisión a quienes no actúen como empresarios mediante pagos de cuotas o abonos.
J) Prestaciones de servicios de asistencia social efectuadas por Entidades de Derechos Público o Entidades o Establecimientos de carácter social no exentos.
K) Servicios prestados por empresas funerarias y servicios de cremación.
- Se excluye:
Servicios relacionados con bienes inmuebles.
L) Asistencia sanitaria, dental y curas termales no exentas.
M) Espectáculos deportivos de carácter aficionado.
N) Exposiciones y ferias de carácter comercial.
- Con o sin aprotación de materiales.
- Consecuencia de contratos directamente formalizados entre promotor y contratista.
- Objeto la construcción o rehabilitación de edificiaciones destinadas principalmente a viviendas, incluidos locales, anejos, garajes e instalaciones complementarias (aquellas en las que, al menos, el 50% se destina a viviendas).
- Sus autores o derechohabientes.
- Empresarios o profesionales distintos de los revendedores de objetos de arte y que tengan derechos a deducir íntegramente el IVA soportado.
- Su autor o derechohabiente.
- Un empresario o profesional distinto del revendedor y que tenga derecho a deducir íntegramente el IVA soportado.
| 1.ENTREGAS ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS O IMPORTACIONES DE: |
| 2. PRESTACIONES DE SERVICIOS: |
| 3. EJECUCIONES DE OBRA: |
1.ENTREGAS ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS O IMPORTACIONES DE:
A) Pan común.
B) Harinas panificables y cereales para su elaboración.
C) Leche producida por cualquier especie animal.
- Se incluye:
Natural.
Certificada:
Pasteurizada.
Concentrada.
Desnatada.
Esterilizada.
UHT.
Evaporada.
En polvo.
D) Quesos.
E) Huevos.
F) Frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos naturales según el Código Alimentario.
G) Libros, periódicos y revistas sin contener única y fundamentalmente Publicidad y elementos complementarios que se entreguen conjuntamente por precio único si su coste de adquisición es menor o igual 50% p.v.p.
- Se incluye:
Albumes.
Partituras.
Mapas.
Cuadernos de dibujo.
Objetos que únicamente puedan ser utilizados como material escolar.
- Se excluye:
Artículos y aparatos electrónicos.
H) Medicamentos para uso humano, sustancias medicinales, formas galénicas y productos intermedios utilizados para su obtención.
I) Coches de minusválidos a que se refiere el n. 20 RDL 339/1990, de 2 de marzo, y sillas de ruedas para su uso exclusivo.
J) Vehículos autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas minusválidas en silla de ruedas.
K) Prótesis y órtesis e implantes internos para personas con minusvalías.
L) Viviendas de protección oficial de:
Régimen especial cuya entrega se efectúe por los promotores.
Promoción Pública cuya entrega se efectúe por los promotores.
- Se incluye:
Garajes.
Anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda.
A) Servicios de reparación de los coches de minusválidos (n. 20 Anexo RDL 339/1990, de 2 de Marzo) y sillas de ruedas.
B) Servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos para el transporte de personas minusválidas en silla de ruedas.
- Que tengan como resultado inmediato:
Obtención libro, periódico o revista.
Fotolito de dichos bienes.
Encuadernación de los mismos