Encuadramiento de los administradores de sociedades limitadas y anónimas. No de las laborales.


SUPUESTOS AFECTADOS RÉGIMEN RESULTANTE DE LA LEY 50/1998
Miembros de órganos de administración que no asuman funciones de dirección y gerencia y no posean el control de la sociedad por tener participación en el capital igual o superior a una tercera parte. Régimen General
Consejeros retribuidos por desempeñar funciones de dirección y gerencia siempre que no alcancen una cuarta parte en su participación en el capital social. Régimen General (Asimilados con exclusión de desempleo y fogasa)
a/ Administradores socios, que trabajan por cuenta ajena siendo retribuidos por desempeñar funciones de dirección y gerencia y no tienen participación en el capital igual o superior a una cuarta parte.

b/ Administradores no socios.

c/Administradores de Sociedades Laborales retribuidos o con relación laboral especial de alta dirección (estén o no retribuidos).

Régimen General (Asimilados con exclusión de desempleo y fogasa)
Socio trabajador que presta servicios retribuidos y que no tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia, con participación en el capital igual o superior a una tercera parte, e inferior a 1/2, si en la empresa prestan servicios personas que no tiene la condición de socios. RETA
Socio trabajador que presta servicios retribuidos y que tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia, con participación en el capital igual o superior a una cuarta parte, e inferior a 1/2, si en la empresa prestan servicios personas que no tienen la condición de socios. RETA (Haya o  no trabajadores no socios)
Socios de sociedades en las que todos sus miembros aportan  su trabajo (cualquiera que sea el porcentaje de participación en el  capital). Pueden resultar encuadrados en Régimen General según se reúna o no alguna de las otras condiciones
Trabajadores y socios de sociedades familiares cuando más de la mitad del capital social está retribuido entre socios a los que esté unido por vínculo conyugal, o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción hasta 2º grado, cuando los familiares no sean convivientes. Régimen General
Socios de Sociedades Laborales (no administradores o administradores sin retribución) que desempeñen funciones de dirección y gerencia, tengan o no relación laboral común o especial con la sociedad, si no poseen conjuntamente con otros socios familiares convivientes al menos el 50 por ciento del capital social. Régimen General o el que corresponda por cuenta ajena.
Socios trabajadores de Sociedades Laborales, que no desempeñen funciones de dirección y gerencia, si no poseen conjuntamente con otros socios familiares convivientes al menos el 50 por ciento del capital social. Régimen General o el que corresponda por cuenta ajena.

RETA: Régimen especial de trabajadores autónomos.